Saltar al contenido

Domine el tema de los grupos controlados

Un empleador se considerará un empleador grande aplicable en un año determinado si tuvo un promedio de al menos 50 empleados de tiempo completo, incluidos aquellos considerados empleados equivalentes de tiempo completo…

5 min de lectura

Un empleador se considerará un empleador grande aplicable en un año determinado si tuvo un promedio de al menos 50 empleados de tiempo completo, incluidos aquellos considerados empleados equivalentes de tiempo completo (FTE). En este contexto, el empleador abarca no solo la entidad comercial principal, sino también todas las entidades del grupo del cliente controladas por el empleador y cualquier grupo de servicios afiliado relacionado con ellas, según la definición de ERISA. Por lo tanto, al determinar si el grupo controlado o el grupo de servicios afiliado en su conjunto es un empleador grande aplicable, se toman en cuenta todos los empleados de tiempo completo (incluidos los FTE) de estos grupos.

¿Le gustaría ver un ejemplo del cálculo antes de que analicemos qué se considera un grupo controlado? Supongamos que el cliente tiene 30 empleados de tiempo completo y forma parte de un grupo controlado de empresas. Este grupo controlado incluye las siguientes entidades: (1) Empresa A, una barbería con siete empleados de tiempo completo; (2) Empresa B, un restaurante italiano con 15 empleados de tiempo completo; y Empresa C, una escuela de buceo con tres empleados de tiempo completo. En total, el grupo bajo control tiene una fuerza laboral de 55 empleados de tiempo completo (30+7+15+3), lo que lo califica como un grupo de empleadores de gran tamaño. Es importante señalar que cada integrante de este grupo se considera un empleador grande aplicable y es responsable del pago de responsabilidad compartida del empleador con respecto a sus propios empleados. Por ejemplo, esto implica que la Empresa A está obligada a ofrecer cobertura que cumpla con la ACA a sus siete empleados de tiempo completo para evitar una sanción conforme a las disposiciones de la ACA. Por el contrario, si la Empresa B no proporciona cobertura que cumpla con la ACA a sus 15 empleados de tiempo completo, la Empresa A no será sancionada por el incumplimiento de la Empresa B. La Empresa B inevitablemente incurrirá en sanciones debido a su propio incumplimiento al no proporcionar un seguro que cumpla con la ACA a su fuerza laboral. Puede resultar tan desconcertante e interconectado como un plato de espagueti enredado, ¿no le parece?

Cuando alguien adopta la perspectiva de los organismos reguladores, estas reglas comienzan a tener cierta lógica. El objetivo principal es clasificar a tantos empleadores como sea posible bajo el mandato para empleadores de la ACA. Por eso se agrupa a los empleados de los integrantes de grupos controlados y de grupos de servicios afiliados para determinar si un empleador entra en la categoría de empleador grande aplicable. Una vez que un grupo controlado o un grupo de servicios afiliado se considera un empleador grande aplicable, sus integrantes se analizan por separado para efectos de la aplicación del mandato (en otras palabras, cada empleador se evalúa individualmente).

¿Qué significa el término «grupo controlado» o «grupo de servicios afiliado»? La respuesta a esa pregunta se encuentra en las extensas y complejas disposiciones que establecen reglas sobre atribución, descalificación y exclusiones, todas ellas destinadas a determinar la existencia de un grupo controlado. Sin embargo, en términos generales, existen dos categorías principales de grupos controlados, y en este artículo no analizaremos los grupos de servicios afiliados.

Existe un grupo controlado de matriz y subsidiarias cuando:

  • Una o más cadenas de sociedades están vinculadas mediante la propiedad de acciones con una sociedad matriz común;
  • El 80% de las acciones de cada sociedad (excepto la matriz común) pertenece a una o más sociedades del grupo; y
  • La sociedad matriz posee el 80% de al menos otra sociedad.

Se establece un grupo controlado de tipo hermano-hermana cuando un máximo de cinco propietarios poseen, de forma conjunta o separada, el 80% o más y ejercen un control sustancial del 50% o más sobre dos o más empresas. Para evaluar el criterio de control del 50%, se toma en cuenta el porcentaje de propiedad más bajo en cualquiera de las empresas en cuestión.

Preguntas frecuentes

¿Qué define a un empleador grande aplicable según el texto proporcionado?

Un empleador grande aplicable se define como un empleador que, en un año determinado, tuvo un promedio de al menos 50 empleados de tiempo completo, incluidos los empleados equivalentes de tiempo completo (FTE). Esto incluye todas las entidades del grupo de un cliente controladas por el empleador y cualquier grupo de servicios afiliado, conforme a los lineamientos de ERISA.

¿Cómo se toman en cuenta los empleados de tiempo completo de los grupos controlados y de los grupos de servicios afiliados para determinar si se trata de un empleador grande aplicable?

Al determinar si un grupo controlado o un grupo de servicios afiliado es un empleador grande aplicable, se cuentan todos los empleados de tiempo completo de esos grupos, incluidos los FTE.

En el ejemplo proporcionado, si una empresa del grupo controlado no ofrece a sus empleados una cobertura que cumpla con la ACA, ¿esto afecta a las demás empresas del grupo?

No. Cada integrante del grupo controlado se considera por separado para efectos de la responsabilidad compartida del empleador. Si una empresa no ofrece cobertura que cumpla con la ACA, solo esa empresa enfrentará sanciones. Las demás empresas del grupo no serán sancionadas por el incumplimiento de esa empresa específica.

¿Cuál es el objetivo principal de reunir el número de empleados de los integrantes de grupos controlados y de grupos de servicios afiliados conforme al mandato para empleadores de la ACA?

El objetivo principal es clasificar a tantos empleadores como sea posible bajo el mandato para empleadores de la ACA. Al agrupar a los empleados de los grupos controlados y de servicios afiliados, los organismos reguladores pueden determinar si un empleador califica como empleador grande aplicable.

¿Cuáles son los dos tipos principales de grupos controlados mencionados y cómo se definen?

Existen dos tipos principales de grupos controlados:
1. Un grupo controlado de matriz y subsidiarias, que existe cuando las cadenas de sociedades están vinculadas mediante la propiedad de acciones con una sociedad matriz común. En este caso, el 80% de las acciones de cada sociedad (excepto la matriz) pertenece a una o más sociedades del grupo, y la sociedad matriz posee el 80% de al menos otra sociedad.
2. Un grupo controlado de tipo hermano-hermana, que se establece cuando un máximo de cinco propietarios tienen, de forma conjunta o separada, una participación del 80%, con un control sustancial del 50% o más en dos o más empresas. Para el criterio de control del 50%, se toma en cuenta el porcentaje de propiedad más bajo en cualquiera de las empresas.

Have a Question About Your Group Plan?

Talk to a Houston benefits specialist. We will review what you have and show you what 70+ carriers can do better.